Luego de varios rumores el Gobierno nacional publicó en Gaceta Oficial número 41.597 del 7 de marzo, que se estableció en Bs. 50 el costo de la Unidad Tributaria, cifra que representa un incremento de Bs. 33.

El aumento de la UT solo podrá ser utilizado como Unidad de Medida para la determinación de los Tributos Nacionales cuya recaudación y control sean de la competencia del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), así como de las sanciones impuestas por este servicio.

En ese sentido, el ajuste no podrá ser aplicado por otros órganos y entes del poder público para la determinación de beneficios laborables o de tasas y contribuciones especiales derivados de los servicios que prestan.