Los venezolanos que deseen ingresar a Ecuador y sin visa podrán hacerlo hasta el próximo 25 de agosto. Así lo establece el Decreto 826, el cual determina el plazo para el inicio de la exigencia de visa a los ciudadanos que deseen ingresar al país: 30 días contados a partir de la publicación de la normativa en el Registro Oficial.

Dicho Decreto, contempla también una amnistía migratoria para la regularización de venezolanos que ya están en el país, está fechado al jueves 25 de julio del 2019. Solo un día después, la tarde del 26 de julio del 2019, el Decreto 826 se publicó en el segundo suplemento del Registro Oficial 5.

«Eso significa que la visa será un requisito obligatorio desde las 00:00 del 26 de agosto del 2019 para los ciudadanos venezolanos que lleguen a los puntos de control de Migración, para entrar a Ecuador», aseguró.

Según el Decreto, para ingresar a Ecuador los ciudadanos de Venezuela podrán presentar cualquiera de los ocho tipos de visas contemplados en la Ley de Movilidad Humana; entre ellas, la visa humanitaria o la visa especial de turismo. La visa humanitaria no tiene costo.

Los requisitos constan en el artículo 55 del Reglamento de la Ley de Movilidad Humana. Sin embargo, según el Decreto 826, los extranjeros deberán pagar únicamente el valor del formulario de solicitud.

El Decreto 826 prevé la regularización de ciudadanos de Venezuela que ya han ingresado a Ecuador.

La nueva normativa contempla la concesión de una amnistía migratoria pero siempre que se cumplan dos condiciones: que hayan registrado su ingreso al país por los puntos migratorios regulares y que no hayan cometido delitos o infringido la ley en Ecuador.