La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), refirió que la inmunidad parlamentaria de los diputados a la Asamblea Nacional «solo ampara los actos desplegados por los diputados en ejercicio de sus atribuciones constitucionales» y argumenta que esto «no resulta compatible con la situación actual de desacato en la que se encuentra la Asamblea Nacional».
El texto publicado en el portal web, del máximo tribunal del país, agrega que la inmunidad parlamentaria prevista en el artículo 200 de la Constitución, en ningún caso ampara «frente a ilícitos constitucionales y penales flagrantes».
Por otro lado, los diputados opositores de la Asamblea Nacional reaccionaron a la reciente sentencia del TSJ que se atribuye el poder de definir los límites de la inmunidad parlamentaria.
Juan Miguel Matheus, diputado por Carabobo y militante de Primero Justicia, aseguró que la inmunidad que establece la Carta Magna no necesita interpretación, pues considera que es suficientemente obvio.
La legisladora Gaby Arellano, electa por el Circuito 2 de Táchira, solo expresó: “Así o más dictadura”, en referencia a la decisión judicial, que le otorgaría más poder al Ejecutivo nacional.